El cargo de virrey se estableció efectivamente con la creación de las dos primeras grandes circunscripciones políticas y administrativas de América: el Virreinato de Nueva España (México) en 1535 y el de Nueva Castilla (Perú), en 1543.
El virrey era un representante de la persona del rey en América, por lo que se le debía el mismo respeto ceremonial que al soberano. Era la máxima autoridad civil y militar en las Indias, aunque no gozaba de poder ilimitado. Al final de su mandato era sometido al juicio de residencia, para evaluar si había cumplido correctamente con su función.
Presidía la Real Audiencia, un órgano de gran importancia que actuaba como supremo tribunal de justicia y tenía el cometido de controlar al virrey. Sus miembros se llamaban oidores. No t tenían límite de duración en sus funciones y suplían al virrey si el cargo estaba vacante. Formaban el grupo más selecto de la burocracia americana. Entre otros privilegios, podían comunicarse sin intermediarios con el Consejo de Indias.
La relación de poderes entre los virreyes y reales audiencias muestra el sistema de contrapesos que la corona quiso establecer para evitar excesos en sus subordinados.
¿Por qué se llamaría "oidores" a los miembros de la Real Audiencia?
Explica las diferencias entre los virreyes y los integrantes de las Reales Audiencias (oidores).
Ser virrey en América. En su enorme mayoría los virreyes fueron españoles peninsulares. Los problemas extraordinarios que debían enfrentar los virreyes, además de sus funciones específicas, podían llegar a ser muy importantes: catástrofes naturales, terremotos, epidemias, sequías, hambrunas, ataques de corsarios y otros.
A cambio de ello, eran los funcionarios mejores pagados de la corona y además podían recibir regalos y donativos. Solían ser objeto de todo tipo de reverencias y adulaciones. Si bien la reglamentación imperdía que contrajeran matrimonio con mujeres del lugar o que intervinieran en negocios comerciales, estas normativas muchas veces eran burladas.
La extensión de los territorios americanos requirió funcionarios y órganos dependientes de los virreyes. En las regiones relativamente pacíficas se instalaron gobernadores, que cumplían funciones administrativas, judiciales y militares. En las de mayor peligrosidad se impusieron capitanes generales con tropas a cargo.
De todos modos, la lejanía de España y las guerras en que se vio envuelta en Europa durante los siglos XVI y XVII hicieron que la mayor parte de los efectivos militares fueran originarios de América.
En las ciudades se establecieron municipios similares a los que había en Castilla y otras regiones de España. Estos organismos llamados cabildos se encargaban de administrar las tierras públicas, del mantenimiento de calles y caminos, y de la limpieza, el orden y el abasto de las ciudades. También tenían funciones judiciales.
Estaban integrados por vecinos, españoles o criollos, con propiedad y residencia en la ciudad. Los miembros del cabildo se elegían anualmente; inicialmente por el virrey o gobernador y después por los cabildantes salientes. Estaban presididos por el corregidor, que tenía a su cargo la recaudación de tributos y la distribución de mano de obra para las obras públicas.
En circunstancias especiales, cuando había que tratar algo urgente o muy importante, se llamaba a un cabildo abierto. En estas ocasiones podían acudir todos los vecinos.
El cabildo: un organismo con múltiples funciones. "La actividad del cabildo abarca la estética urbana, la higiene y la salubridad, el empedrado de las calles, el alumbrado público, la vialidad, el abasto de carnes, los almacenes de géneros y comestibles, las panaderías y pulperías.
El progreso y embellecimiento edilicio, la construcción de edificios, iglesias, conventos, hospitales, lazaretos, cementerios son de su incumbencia. Los son igualmente los asuntos que se refieren a la instrucción primaria, a la fundación de escuelas, a los servicios de correo y postas, o contrastar pesos y medidas, a los cortes de leña y protección de los montes naturales, a las sementeras y plantíos, trigales, etcétera; a la caza y a la pesca.
Interviene en las festividades y en las funciones de teatro y corrida de toros; dispone la celebración de oficios y rogativas en las iglesias en demanda o prevención de agentes naturales para la felicidad pública; cuida de cárceles.
En su función de policía, el Cabildo ejerce la vigilancia y conservación del orden en la ciudad, dictando medidas sobre portes de armas, vagancia, reuniones y músicas en cafés y billares y bailes de negros".
P. BLANCO ACEVEDO, El gobierno colonial en el Uruguay, 1959
3. ¿Qué cargo ocupaba el funcionario que aparece en la ilustración? ¿Cuál de sus funciones lo obligaba a tener contacto con los indios?
4. De acuerdo al documento anterior, ¿en qué ocupaban su tiempo libre los habitantes de la ciudad? ¿Cuáles eran las funciones de vigilancia que ejercía el cabildo?